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> >La única solución "factible" a la cuestión
territorial |
La única solución "factible" a la
cuestión territorial |
Cuando se planteó la estructura del Estado autonómico en la
Transición, éste se hizo coincidir casi exactamente con el mapa de
los reinos históricos, excepto para el caso del Reino de Murcia, que
volvió a sufrir fracturas y mutilaciones, como en cada una de las
ocasiones anteriores en las que se había planteado una vertebración
del Estado español.
De esta manera, y a pesar de la idoneidad del momento para abordar
una completa reorganización territorial en la Cuenca del Segura,
todos los intentos de Murcia fracasaron. Nuevamente. No se pudo
conservar la unidad regional con Albacete (o, al menos, con algunas
de sus comarcas) ni tampoco favorecer la integración de municipios
limítrofes de Alicante y Almería.
En 1982 se aprobaba el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia,
y en su virtud, el territorio de ésta no era más que el de la
provincia de Murcia. Fue mayor el peso de una división provincial
relativamente reciente, basada en criterios exclusivamente
administrativos, que cualquier otra consideración de índole
geográfica, histórica, lingüística, económica, social o cultural.
Con el paso de los años, el Estado de las Autonomías se ha
consolidado. La alteración de los límites territoriales de las
Comunidades se presenta, a día de hoy, como más que improbable. Sin
embargo, la cultura de los territorios de la Cuenca del Segura no ha
variado y, a pesar de los intentos uniformizantes de algunas
autonomías, todos estos rasgos comunes se mantienen y sigue poniendo
de manifiesto la existencia de una nacionalidad común, compartida
por todos ellos.
«Los territorios mal colocados, es
decir, sacados de su grupo nacional para agregarlos a otro
inadecuado, muestran tendencia a conservar las cualidades de
su nacionalidad original, aun en el caso de que la
colocación artificiosa sea halagüeñamente aceptada». |
Anselmo
Carretero Jiménez
"Las nacionalidades
españolas" |
En la actualidad, la única solución “factible” parece ser la
propuesta por el letrado velezano Ángel Custodio Navarro Sánchez.
Según este jurista, la Región de Murcia, como principal valedora de
la cultura “murciana” (de la Cuenca del Segura), debería incorporar
a su Estatuto de Autonomía una previsión similar a la ya contenida
en los Estatutos de Cataluña y País Vasco, con el siguiente tenor
literal:
«La Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, por ser la cultura murciana patrimonio de otros
territorios y comunidades, además de los vínculos y
correspondencia que mantengan las instituciones culturales
del Sureste, podrá solicitar del Gobierno de la Nación y de
las Cortes Generales los convenios de cooperación y relación
que se consideren oportunos con el fin de salvaguardar el
patrimonio cultural común, estableciendo a tal fin los
acuerdos correspondientes con las instituciones culturales
de las provincias afectadas y con los organismos autonómicos
de Andalucía, Castilla La Mancha y Comunitat Valenciana,
todo ello de conformidad con la Constitución y las Leyes». |
Ángel Custodio
Navarro Sánchez
“El Sureste: ¿un país
construido o por construir?” |
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Ejemplos en otros Estatutos de
Autonomía |
ESTATUTO DE AUTONOMÍA DEL PAÍS VASCO
Art. 6.5
Por ser el euskera patrimonio de otros territorios vascos y
comunidades, además de los vínculos y correspondencia que mantengan
las instituciones académicas y culturales, la Comunidad Autónoma del
País Vasco podrá solicitar del Gobierno español que celebre y
presente, en su caso, a las Cortes Generales, para su autorización,
los tratados o convenios que permitan el establecimiento de
relaciones culturales con los Estados donde se integran o residan
aquellos territorios y comunidades, a fin de salvaguardar y fomentar
el euskera.
ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA
Art. 6.4
La Generalitat debe promover la comunicación y la cooperación con
las otras comunidades y los otros territorios que comparten
patrimonio lingüístico con Cataluña. A estos efectos, la Generalitat
y el Estado, según corresponda, pueden suscribir convenios, tratados
y otros mecanismos de colaboración para la promoción y la difusión
exterior del catalán
Art. 12
La Generalitat debe promover la comunicación, el intercambio
cultural y la cooperación con las comunidades y los territorios,
pertenecientes o no al Estado español, que tienen vínculos
históricos, lingüísticos y culturales en Cataluña. A estos efectos,
la Generalitat y el Estado, según corresponda, pueden suscribir
convenios, tratados y otros instrumentos de colaboració en todos los
ámbitos, que pueden incluir la creación de organismos comunes.
ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LAS ISLAS BALEARES
Art. 5
El Gobierno ha de promover la comunicación, el intercambio cultural
y la cooperación con las comunidades y los territorios,
pertenecientes o no al Estado español, que tienen vínculos
lingüísticos y culturales con las Illes Balears. A estos efectos, el
Gobierno de las Illes Balears y el Estado, de acuerdo con sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios, tratados y
otros instrumentos de colaboración.
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