Cuando, durante los años de configuración del actual Estado
autonómico, los parlamentarios albaceteños decidieron que su
provincia quedaría incluida en la comunidad de Castilla-La Mancha,
algunos municipios de la misma manifestaron su desacuerdo con
la
nueva adscripción regional, y, rompiendo la disciplina de partido,
se declararon
partidarios de permanecer en la región de la que habían
formado parte desde hacía siglos, que no era otra que Murcia.
Destaca por su relevancia el caso de Hellín, segunda ciudad
de la provincia, cuyo Ayuntamiento aprobó el 7 de diciembre de 1980
una moción desfavorable a la autonomía castellano-manchega y
manifestando su preferencia por integrarse en Murcia. El concejal
representante de UCD explicó que «Nuestra comarca natural ni es
manchega ni es castellana y tiene muy claras sus peculiaridades
socio-económicas y geográficas, por ser parte integrante de la
cuenca del Segura».
También en diciembre de 1980, otros municipios como Villaverde de
Guadalimar, Povedilla, Villapalacios o Socovos se mostraron
partidarios de su integración en la autonomía murciana. El
Ayuntamiento de este último aprobó otra moción el 5 de diciembre de
1980, según la cual «Esta villa, por sus costumbres, manera de
hablar, situación geográfica, así como por la Historia, siempre ha
permanecido más ligada a la Región de Murcia-Albacete que a la de la
Mancha, y ya no digamos nada a la de Castilla, de la que la capital
más cercana de este municipio dista por lo menos 250 km. Con nuestra
histórica Región de Murcia, Socovos tendría más ventajas en el
ámbito cultural, sanitario, comercial, etc.». Las actas de todos
estos acuerdos se conservan todavía en el Archivo del Congreso de
los Diputados.
Como afirma Jacobo García Álvarez en su libro “Provincias, regiones
y Comunidades Autónomas. La formación del mapa político de España”,
«la postura adoptada entonces por los concejales de estos
municipios puso de relieve claramente la
dualidad fisiográfica,
económica e identitaria de la provincia albacetense, así como
las insuficiencias que producía, en este punto, el marco
constitucional de 1978. Los municipios albaceteños de la cuenca del
Segura se sentía mucho más vinculados funcional y sentimentalmente
con la región murciana que con la manchega y en general castellana
[…]. Pero los constituyentes habían optado, como vimos, por
prohibir la alteración de los límites provinciales en el proceso
de configuración de las autonomías, lo que dejaba sin resolver un
viejo y conocido problema: el desajuste existente entre el mapa
administrativo de 1833 y las orientaciones espaciales efectivas,
desde el punto de vista funcional, de determinadas comarcas».
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