Cunden rumores fundados e que la jerarquía católica
de España se apresta a encarar la reforma del mapa eclesiástico
nacional […]. Cada “provincia eclesiástica” (agrupación de diócesis
bajo un arzobispo metropolitano), debería acoplarse a las fronteras
de la comunidad autónoma donde radica […]. Ya Alfonso X, al sojuzgar
Murcia y restaurar la diócesis cartaginense en 1250, recaba del Papa
que el nuevo obispado, en atención a su alto rango histórico, no
esté sometido a metrópoli alguna, sino que quede exento o
independiente, privilegio que mantendrá hasta 1492.
Murcia, incorporada a Castilla, no dependió civilmente ni de
Valencia ni de Andalucía, sino que formó el Reino de Murcia, como
entidad clara y definida. No ocurrió así en el plano eclesiástico:
al contar con una sola diócesis, acabó por ser agregada
sucesivamente a Valencia (1492), a Toledo, y a Granada (1851), de
cuya archidiócesis continúa siendo sufragánea en la actualidad […].
A nuestro modesto entender, la solución ideal para nuestra región
sería el erigir nuestra provincia eclesiástica de Cartagena,
compuesta por un arzobispado metropolitano (Cartagena) y cuatro
obispados sufragáneos (Murcia, Lorca, Caravaca y Cieza-Jumilla).
Trataremos de esclarecer nuestra atrevida sugerencia […].
1. CARTAGENA
La ciudad de Asdrúbal, que fuera antiguamente no sólo sede
episcopal, sino también metropolitana, nunca ha renunciado a su
pretérita gloria. Ciertamente, ya desde el año 432 aparece Carthago
Nova como metrópoli de la vasta provincia cartaginense, con
jurisdicción sobre diecisiete sufragáneas, incluidas Toledo,
Compluto, Valencia y Baleares. Cartagena, sujeta a la dominación
bizantina, conservará su categoría de metrópoli hasta el 624 sólo en
el territorio ocupado. En el 610, Toledo ya suplanta a Cartagena en
tal dignidad por imposición de los reyes visigodos.
En 1271, apenas transcurridos veinte años desde el restablecimiento
de la sede cartaginense, ya el obispo electo García y su cabildo
impetran de Nicolás III bula para trasladar la capital del Obispado
desde Cartagena a Murcia, a causa de los serios peligros de piratas
que hacía casi inhabitable Cartagena. […] Pero sería Nicolás IV
quien otorgara en 1289 la licencia pedida, con la condición de
retener por siempre el nombre de Cartagena. Sancho IV, a su vez,
autoriza el traslado en mayo de 1291 […]. A raíz del traspaso de
sede a Murcia debió de comenzar a gestarse el sentimiento de
reivindicación que Cartagena viene sosteniendo por siglos […].
Bajo el obispo Lope de Rivas arreciaron las reclamaciones de los
cartageneros, pues, desaparecidas casi del todo las causas del
traslado, la sede debía volver a Cartagena. Para acallar estas
demandas obtuvo de Pablo II bula para dedicar a Catedral del
Obispado de Cartagena la iglesia de Santa María la Mayor, aún no
concluida, realizándolo en enero de 1465 […]. Nuevos intentos se
constatan, un siglo después, […] pero el prolijo pleito entablado en
1574 remataría en 1623 con infructuoso resultado. […]
El rescoldo nunca se ha apagado del todo. Precisamente, hace unos
días un cartagenero denunciaba en “La Verdad” el error
histórico-jurídico de escribir “obispo y Obispado de Murcia”
escamoteando el nombre legítimo de Cartagena. Es éste el momento más
propicio para Cartagena, ocasión única para ver lograda su triple y
vieja aspiración, tantas veces fallida: la catedralidad, la
episcopalidad y la metropolitanidad. A la objeción de por qué no
reservar el Arzobispado para Murcia, de más probada solera
episcopal, ascendiendo Cartagena sólo a Obispado, respondemos que
éste es el mismo caso de Extremadura […].
2. LORCA
La pretensión lorquina de episcopalidad tiene asimismo remoto
origen. Si se apela a antigüedad, la diócesis de Eliocroca (Lorca)
puede presumir de abolengo, tanto como la de Cartagena, puesto que
su obispo Suceso firma ya en el Concilio de Elvira (305). […] A 1533
se remonta el establecimiento, en la iglesia de Santiago, de la
colegiata de San Patricio, venerable institución lorquina, para la
cual, en 1581, 1720 y 1759, promulgarán constituciones los obispos
de Cartagena. Luego, en 1772, “hubo que contrariar algunos manejos
encaminados a crear el obispado de Lorca” (Díaz Cassou). […]
Pero el golpe más rudo a su secular aspiración lo recibiría Lorca
con el Concordato de 1851: la supresión de colegiatas y pequeñas
diócesis cerraba el paso rotundamente a la posible restitución del
obispado de Eliocroca. Los obispos de Cartagena, buscando acaso
calmar las ansias lorquinas, residieron temporadas en Lorca para que
el pueblo y el clero se hicieran la ilusión que tenían obispo,
catedral y palacio propios (el obispo Landeira vivó años y murió en
el palacio episcopal de Lorca en 1876).
También ahora, por fin, Lorca vería trocado en realidad su sueño de
resucitar la vieja diócesis eliocrocense. ¡Qué pena, sin embargo,
que para entonces no pudieran anexionársele a la diócesis la zona de
Huércal-Overa, cartaginense hasta hace poco, más la comarca de los
Vélez, que reconoce por capital natural a Lorca!
3. CARAVACA
Recordemos, ante todo, que la comarca del noroeste murciano, ya en
la época visigoda tuvo obispado, con sede en Bigastro o Begastri
(cerca de la actual Cehegín, a orillas del Quípar). […] Arrasada Begastri por los árabes en el siglo IX, hasta su nombre mismo se
esfumaría por completo al rodar el tiempo. […] Pero hay algo más
novedoso (y aquí lanzo la primicia de un documento, rigurosamente
inédito, que guarda el Archivo Episcopal de Murcia): Caravaca estuvo
a punto de ser cabeza de una diócesis en el siglo XVIII […].
La demarcación del nonnato obispado abarcaría todo el territorio de
la Orden de Santiago en el Reino de Murcia, a saber: las vicarías de
Aledo, Caravaca, Yeste, Segura y Beas. (…) El expediente empieza a
tramitarse en septiembre de 1730 y culmina en septiembre de 1747,
con el sobreseimiento del asunto, al inhibirse el rey de estampar su
firma, cuando estaba ya ultimado sin aparente contradicción.
Es bien conocido que las vicarías de Órdenes militares exentas
fueron un avispero de conflictos para los obispos de Cartagena. Con
vistas a zanjar de uan vez los continuos pleitos y desacatos, debió
de arbitrar el obispo Belluga la creación de una diócesis con las
vicarías santiaguistas, segregadas de Cartagena, según se colige de
un Memorial de hacia 1720 […]. La situación debió de empeorar tanto
con el obispo Montes, que éste decidió recurrir a la solución ideada
por su antecesor Belluga, acelerando las gestiones, las cuales, pese
al dictamen favorable del Consejo de Órdenes, no dieron el resultado
apetecido […].
De haber cuajado esta iniciativa, ello habría prestigiado
enormemente a Caravaca con la consiguiente trascendencia
político-administrativa. A la hora de dividir España en provincias
en 1833, el ascendiente de la cabecera episcopal obviamente hubiera
pesado mucho, asegurado la permanente vinculación de Yeste y Segura
al reino de Murcia, a través de Caravaca, capital indiscutible de
las serranías convergentes de Murcia, Albacete, Granada, Almería y
Jaén.
La bula pontificia que decretaba la integración de las vicarías de
Órdenes en la diócesis de la respectiva provincia civil, provocó una
violenta reacción de Caravaca, en 1874. El pintoresco minicisma,
rápidamente desvanecido, revela una latente conciencia de autonomía
eclesiástica, dimanada de la larga etapa de exención jurisdiccional
de que gozó Caravaca durante siglos. La comarca de Caravaca, por su
situación e historia, se hace acreedora a diócesis propia, como la
tuvo en tiempos antiguos […].
4. CIEZA-JUMILLA
El territorio del obispado correspondería, en líneas generales, al
de la controvertida diócesis elotana (589-610), presente ya en los
concilios toledanos.
Aquí la mayor dificultad radica en señalar el lugar más idóneo para
la capitalidad episcopal. No mentemos siquiera a Montealegre (donde
algunos localizan a la antigua Elo), sin queremos incurrir en el
anatema de don Antonio Yelo Templado, descubrido de la presunta Elo
o Ello junto a la moderna Cieza. Aun admitiendo por segura esta
ubicación, opinamos que hoy fuera tal vez más conveniente y práctico
elegir a Jumilla como sede del redivivo obispado, por su
equidistancia entre Yecla y Cieza.
5. MURCIA
[…] Bien ganada se tiene la dignidad episcopal, después de durante
siete siglos ostentarla “interinamente” con brillantez. Su afamada
catedral (torre y fachada) ha llegado a ser pregón y símbolo de la
Región Murciana. A Murcia le vino la episcopalidad por sustitución
temporal, que luego se habría de prolongar por siglos hasta hoy. Con
todo, Murcia posee, que no detenta, la sede episcopal legítimamente,
por libre elección de obispo y cabildo, con aprobación pontificia y
real, nada de usurpación […].
(Línea, 20 y 23 de noviembre de 1982)
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